
Para poder contraer matrimonio en España, tanto si el ciudadano extranjero está en situación regular como en situación irregular se necesitan seguir los siguientes pasos:
En primer lugar deben preparar toda la documentación para iniciar el procedimiento que se tramitará ante el Juez del Registro Civil de su domicilio y al inicio o durante la tramitación deberán elegir si el consentimiento matrimonial lo van a prestar ante el Juez encargado del Registro Civil o ante el Alcalde/ concejal delegado del Ayuntamiento donde estén domiciliados o de cualquier otro municipio.
El ciudadano español tiene que aportar la siguiente documentación: a) DNI o pasaporte en vigor. b) Certificado literal de nacimiento. c) Fe de vida y estado. Si la persona es divorciada se aportará la sentencia de divorcio con inscripción y si es viudo certificado literal del anterior matrimonio y de defunción. d) Certificado de empadronamiento de residencia de los dos últimos años.
El ciudadano extranjero deberá aportar la siguiente documentación: a) Pasaporte en vigor. b) Tarjeta de identidad de extranjero solo si está en situación regular. c) Certificado literal de nacimiento del Registro civil del país de origen o por Consulado. d) Certificado de estado civil del Registro civil del país de origen o por Consulado. e) Certificado de empadronamiento. f) Certificado expedido por el Consulado de su país acreditativo si de conformidad con su ley nacional es o no necesaria la publicación de edictos o amonestaciones. Todos los documentos deberán estar legalizados y traducidos en su caso por traductor jurado.
Una vez presentados los documentos se les dará cita para la llamada » entrevista» o audiencia reservada por separado, para responder a preguntas que acrediten que no se trata de un matrimonio de conveniencia ni existe ningún tipo de impedimento. Esta es la fase en la que los clientes siempre están más temerosos, tienen dudas sobre las preguntas que se les van a hacer, pero realmente si se conocen bien y han decidido contraer matrimonio, son preguntas sencillas y fáciles de responder, se les preguntará sobre su relación, sus aficiones, sus costumbres, sus hábitos diarios, sus familiares, la boda, su noviazgo, proyectos…etc.
Por último si el Ministerio Fiscal está conforme, se emitirá un auto favorable para la celebración del matrimonio que tendrá validez por un año, que será el tiempo en el que tendrán que celebrar la boda.
Una vez celebrada la boda, se expedirá el libro de familia y el certificado de matrimonio y el ciudadano extranjero podrá pedir su certificado como residente comunitario.
En resumen, para contraer matrimonio en España con un ciudadano extranjero, no es necesario que esté en situación regular, si se aportan los documentos indicados y se supera la entrevista por separado, se podrá celebrar la boda en el plazo de un año.
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