EN UN HERENCIA ¿ QUE ES LA LEGITIMA?

EN UN HERENCIA ¿ QUE ES LA LEGITIMA?

La legítima es la porción de bienes que el testador no puede disponer porque la Ley (hablamos del derecho común y no el foral que se rige por otras normas) la reserva a determinados herederos, llamados herederos forzosos ( art.806 del Código Civil), es decir, es la parte de la herencia de la que el testador no puede disponer libremente.

¿ Quiénes son los herederos forzosos?

Son los hijos y descendientes respecto de sus padres y ascendientes, y a falta de ellos, los padres y ascendientes y el viudo/a.

¿ Cuál es el porcentaje que les corresponde?

Dos terceras partes del haber hereditario, pero de una parte el testador puede disponer libremente como mejora a favor de sus hijos o descendientes. La otra parte es la llamada legítima estricta de la que no puede disponer, pero si puede dejar indicado que sea pagada a uno de sus herederos forzosos en pago en metálico.

Con respecto al cónyuge viudo/a, si en el momento del fallecimiento no se hallase separado de éste legalmente o de hecho, y concurre a la herencia con hijos o descendientes, tendrá derecho al usufructo del tercio destinado a mejora.

No existiendo descendientes, pero sí ascendientes, el cónyuge sobreviviente tendrá derecho al usufructo de la mitad de la herencia.

Por último, la tercera parte es la llamada de libre disposición que no conforma la legítima y como su nombre indica puede disponerse a favor de cualquier persona.

En resumen, la legítima conforma dos terceras partes de la herencia, de la que una parte el testador no puede disponer libremente, llamada legítima estricta y de la otra parte, puede ser usada para mejorar a uno o a varios de sus herederos forzosos.

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