Es el conjunto que derechos y deberes que tienen los padres con respecto a sus hijos, se regula en los artículos 154 y siguientes del código civil. ¿ Cuáles los son derechos y deberes? Los padres deben velar por sus hijos, tenerlos en su compañía, alimentarlos, educarlos y procurarles una formación integral, representando y administrando sus bienes. Los hijos deben obedecer a sus padres y respetarles siempre, contribuyendo a las cargas familiares según sus posibilidades.
El ejercicio conjunto de la patria potestad implica la participación de ambos progenitores en cuantas decisiones relevantes afecten a sus hijos, especialmente, en el ámbito educativo, sanitario, religioso y social. A modo de ejemplo el ejercicio conjunto abarca cuestiones tales como: el cambio de la ciudad de residencia de los menores; la elección de centro escolar o institución de enseñanza, pública o privada; la orientación educativa, religiosa o laica; la recepción de sacramentos; el sometimiento de los menores a tratamientos con intervenciones médicas curativas o quirúrgicas, salvo los casos de urgente necesidad; la elección de especialistas médicos; la aplicación de terapias psiquiátricas o psicológicas a los menores, entre otros supuestos.
¿ Cómo se ejerce?
Conjuntamente por ambos progenitores, o exclusivamente por uno con el consentimiento tácito o expreso del otro y siempre en interés de los hijos. Se puede perder o suspender si se incumplen estos deberes pero siempre por sentencia judicial y suele darse en supuestos suficientemente graves ( alcoholismo, drogodependencia, maltrato…etc.) Se extingue por la muerte de los padres o del hijo, por adopción o emancipación.
En el caso los padres estén divorciados o separados tanto matrimonialmente como si son pareja de hecho, tienen que tener en cuenta que el artículo 156 del código civil dispone que se ejercerá por aquel con quien conviva el hijo, salvo que el juez determine el ejercicio conjunto, que es lo normal.
Por último, no debemos confundirla con la guarda y custodia de los menores, que puede atribuirse a uno de los padres o ejercerse conjuntamente y hace referencia a la convivencia diaria con los hijos.
En resumen, la patria potestad es el conjunto que derechos y deberes que tienen los padres con respecto a sus hijos, se ejerce habitualmente conjuntamente por ambos padres y abarca todas aquellas decisiones relevantes afecten a sus hijos, especialmente, en el ámbito educativo, sanitario, religioso y social
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