LAS EMPRESAS DE COBRO DE MOROSOS

LAS EMPRESAS DE COBRO DE MOROSOS

Las llamadas empresas de cobro de morosos, son intermediarios entre el acreedor y el deudor, cuyo objetivo es conseguir el pago de la deuda sin necesidad de acudir a la vía judicial. Nuestro código civil permite la reclamación extrajudicial de la deuda siempre que se utilicen métodos de recobro de manera lícita y legal. Pero la realidad actual es que muchas empresas utilizan métodos que pueden llegar a lesionar los derechos fundamentales de los deudores. Entonces ¿ cuál es el límite que no pueden sobrepasar? No pueden atentar contra el derecho a la dignidad y al honor de las personas ni amenazar ni coaccionar.

Con respecto a la inclusión de los datos en los llamados “ficheros de morosos” cabe mencionar que deben cumplirse los requisitos establecidos por la Ley, entre ellos que la deuda sea vencida, líquida y exigible y que no hayan transcurrido más de seis años desde la fecha en que se produjo el impago. Caso de no concurrir dichos requisitos se podrá solicitar la cancelación o rectificación de los datos.

En resumen: Las empresas de cobro de morosos en sus reclamaciones no pueden atentar contra la dignidad ni el honor del deudor, ni tampoco pueden amenazar ni coaccionar.

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