LOS ANTECEDENTES PENALES

LOS ANTECEDENTES PENALES

Los condenados que hayan extinguido su responsabilidad penal tienen derecho a obtener del Ministerio de Justicia la cancelación de sus antecedentes penales, cuando hayan transcurrido, sin haber vuelto a delinquir, los siguientes plazos:

  1. Seis meses para las penas leves.
  2. Dos años para las penas que no excedan de doce meses y las impuestas por delitos imprudentes.
  3. Tres años para las restantes penas menos graves inferiores a tres años.
  4. Cinco años para las restantes penas menos graves iguales o superiores a tres años.
  5. Diez años para las penas graves.

¿Cómo sabemos cuál es nuestro tipo de pena?

El artículo 33 del Código Penal, en función de su naturaleza y duración, establece cómo se clasifican:

A) Penas graves:

  1. La prisión superior a cinco años.
  2. La inhabilitación absoluta.
  3. Las inhabilitaciones especiales por tiempo superior a cinco años.
  4. La suspensión de empleo o cargo público por tiempo superior a cinco años.
  5. La privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a ocho años.
  6. La privación del derecho a la tenencia y porte de armas por tiempo superior a ocho años.
  7. La privación del derecho a residir en determinados lugares o acudir a ellos, por tiempo superior a cinco años.
  8. La prohibición de aproximarse a la víctima o a aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal, por tiempo superior a cinco años.
  9. La prohibición de comunicarse con la víctima o con aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal, por tiempo superior a cinco años.
  10. La privación de la patria potestad

B) Penas menos graves:

  1. La prisión de tres meses hasta cinco años.
  2. Las inhabilitaciones especiales hasta cinco años.
  3. La suspensión de empleo o cargo público hasta cinco años.
  4. La privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores de un año y un día a ocho años.
  5. La privación del derecho a la tenencia y porte de armas de un año y un día a ocho años.
  6. La privación del derecho a residir en determinados lugares o acudir a ellos, por tiempo de seis meses a cinco años.
  7. La prohibición de aproximarse a la víctima o a aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal, por tiempo de seis meses a cinco años.
  8. La prohibición de comunicarse con la víctima o con aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal, por tiempo de seis meses a cinco años.
  9. La multa de más de dos meses.
  10. La multa proporcional, cualquiera que fuese su cuantía, salvo lo dispuesto en el apartado 7 de este artículo.
  11. Los trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 180 días.
  12. La localización permanente de tres meses y un día a seis meses.
  13. La pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas y del derecho a gozar de beneficios o incentivos fiscales o de la Seguridad Social, cualquiera que sea su duración.

C) Penas leves:

  1. La privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores de tres meses a un año.
  2. La privación del derecho a la tenencia y porte de armas de tres meses a un año.
  3. La privación del derecho a residir en determinados lugares o acudir a ellos, por tiempo inferior a seis meses.
  4. La prohibición de aproximarse a la víctima o a aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal, por tiempo de un mes a menos de seis meses.
  5. La prohibición de comunicarse con la víctima o con aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal, por tiempo de un mes a menos de seis meses.
  6. La multa de 10 días a dos meses.
  7. La localización permanente de un día a tres meses.
  8. Los trabajos en beneficio de la comunidad de uno a 30 días.

Lo primero que debemos hacer es acceder a la Hoja Histórico Penal de los antecedentes inscritos en el Registro Central de Penados y Rebeldes, podemos hacerlo de manera presencial, por correo ordinario o por internet y una vez tengamos los datos, solicitaremos la cancelación de los mismos.

En resumen, en función de la naturaleza y duración de la pena, consideraremos los plazos para solicitar ante el Ministerio de Justicia la cancelación de los antecedentes penales.

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