LAS LESIONES CONSENTIDAS, ¿SON DELITO?

LAS LESIONES CONSENTIDAS, ¿SON DELITO?

Nuestro Código Penal no permite la libre disposición del individuo sobre las lesiones que pueda sufrir voluntariamente en su cuerpo e imputa el delito al causante de las mismas, con independencia del consentimiento de la víctima pero permitiendo una rebaja en la pena.

El artículo 155 dispone lo siguiente:

En los delitos de lesiones, si ha mediado el consentimiento válida, libre, espontánea y expresamente emitido del ofendido, se impondrá la pena inferior en uno o dos grados.

No será válido el consentimiento otorgado por un menor de edad o una persona con discapacidad necesitada de especial protección.

Esto quiere decir por ejemplo, que si las lesiones que se provocan requieren un tratamiento médico o quirúrgico y la pena ronda entre los 2 y los 5 años de prisión, ( uso de arma), se podrá rebajar en uno o dos grados la pena inferior en grado y ser condenado a la pena de 6 meses a 1 año.

Como vemos es fundamental que en el consentimiento concurran los tres requisitos: que sea válido ( que no sea prestado por un menor o una persona con discapacidad) que sea libre y espontáneo (que no esté condicionado por ningún elemento externo, como por ejemplo una amenaza o una recompensa dineraria) y expreso ( no caben las meras suposiciones). Por lo que en estos casos resulta fundamental la declaración de la víctima.

En resumen, las lesiones consentidas son delito pero permiten una rebaja en la imposición de la pena.

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